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Seguros

Derechos

Contrato
El consumidor que contrate un seguro tendrá derecho a recibir una copia de la póliza.

Baja del Seguro

El consumidor tiene derecho a dar de baja un seguro mediante la comunicación a su aseguradora al menos con 1 meses de antelación.

Motivo: Según la Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras tienes un mes de plazo para dar de baja tu seguro y cambiar de compañía; es decir, que hasta un mes antes de la renovación de tu póliza puedes oponerte a ello. Esto, antes del 1 de enero de 2016, fecha en la que entró en vigor la normativa, había que hacerlo con dos meses de antelación. Con la nueva normativa queda modificado el artículo 22 de la Ley 50/1980 del 8 de octubre de Contrato de Seguro.

Póliza del contrato

El consumidor tiene derecho a conocer qué contingencias tiene cubiertas con la póliza de su seguro.

Prima de la póliza

La aseguradora, si no cambian las condiciones del consumidor asegurado, no puede aumentar la cuota de las primas de seguro de decesos.

Modificaciones en las condiciones del contrato

El consumidor tiene derecho a que la aseguradora en el plazo de dos meses le proponga las modificaciones en aras de que el consumidor en el plazo de 15 días las acepte. El consumidor si no quiere realizar las modificaciones podrá rescindir el contrato.

seguros

Problemas

  • Problemas derivados de la baja del seguro anterior: En ocasiones, la nueva compañía aseguradora asegura al consumidor que no va a tener ningun problema por darse de baja sin preaviso a la entidad y posteriormente, la aseguradora anterior le requiere el pago de la prima.
  • La solicitud de baja de un seguro siempre debe ser dos meses antes de que finalice el contrato y por escrito.
  • Exclusiones desproporcionadas en las condiciones generales de los seguros.
  • Comercialización indebida de seguros: En ocasiones las compañías comercializan seguros de vida, médicos, desempleo, de amortización…. que por las características de los consumidores no les cubren.
  • Debe tener claro las condiciones y características que cubre el seguro que contrata. No todos los seguros valen para todos los consumidores.
  • Discriminación de muchos consumidores por parte de las aseguradoras sobre todo en los seguros de vida o de salud.
  • Seguros de prima única vinculados a préstamos hipotecarios o personales.
  • Aumento desproporcionado y progresivo de las primas en los seguros de decesos.